La decisión del gobierno de la Región de Murcia atiende al informe que ha elaborado sobre el particular su Consejería de Industria, Empresa e Innovación. Según consta en ese informe, en el año 2007 la normativa "incentivaba la inversión a largo plazo en instalaciones de renovables, atrayendo las inversiones, no solo nacionales sino también de numerosos fondos internacionales". Pues bien -explica el documento-, ahora, la nueva normativa que regula las instalaciones de producción eléctrica mediante fuentes renovables -el RDL 9/2013- "ha sido alterada con carácter retroactivo, lo que ha afectado gravemente a la seguridad jurídica y a las legítimas expectativas de los inversores". Así, la consejería explica que "el principal argumento del recurso de inconstitucionalidad es la vulneración del principio de seguridad jurídica". El gobierno de Murcia critica los cambios que el Ministerio de Industria ha ido introduciendo en la regulación de las primas (reformas al principio; eliminación directa ahora), cambios que suponen un "grave atentado a la confianza legítima (...), cuantificable en un perjuicio de naturaleza económica, pues probablemente ningún ciudadano habría invertido en estas tecnologías de conocer los cambios normativos que le depararían”.
El 7,5%, como media
Asimismo, el ejecutivo murciano considera "quebrantados otros principios constitucionales como el de irretroactividad". Y es que el RDL 9/2013 prevé la posibilidad de que “resulte la obligación de devolver cantidades percibidas por los inversores (desde el punto de vista contable)” al extenderse los efectos de esta nueva norma “a lo largo de la vida regulatoria de las instalaciones”. La idea que sostiene el RDL 9 es que si la rentabilidad registrada por una instalación en el año 2010, por ejemplo, fue superior al 7,5% ahora considerado como techo, las futuras rentabilidades deben ser recortadas por debajo de ese techo hasta hacer del 7,5 la media de toda la vida de la instalación. La Consejería murciana señala además que, "tras haber incumplido sus obligaciones con los inversores extranjeros, el Estado español podría verse sometido a un arbitraje internacional y ser condenado al pago de elevadas indemnizaciones" y, por fin, hace referencia a la "improcedencia de la aprobación de esta norma mediante un Real Decreto-Ley, una norma que tiene menos controles parlamentarios que una Ley, ya que sólo se debe recurrir a este tipo de tramitación en casos de extraordinaria y urgente necesidad, lo que no se encuentra justificado en este caso".
El sometimiento del poder público a la legalidad
Según el informe de la consejería, esta norma también habría vulnerado el "principio del sometimiento del poder público al ordenamiento jurídico y el de legalidad". El texto del informe señala que, con la aprobación de esta norma, el Estado español estaría vulnerando diversos acuerdos internacionales, como el Tratado sobre la Carta de la Energía, que establece que los países que lo integran “fomentarán y crearán condiciones estables, equitativas, favorables y transparentes para que los inversores (extranjeros) realicen inversiones en su territorio”. Anpier, la asociación nacional de productores de energía fotovoltaica (FV), difundió ayer un comunicado en el que considera "ética, coherente y responsable" la decisión del gobierno murciano, decisión que contrasta -según la asociación- con la política "sorprendente" del gobierno central. La asociación critica, así, que el Partido Popular fuera, "hasta hace dos años, paladín de la seguridad jurídica" y que, en la actualidad, haya presentado un RDL "que desmantela todo el tejido fotovoltaico español y supone la ruina de todos aquellos que, de buena fe y al amparo del Estado español, realizaron pequeñas inversiones para el desarrollo de un nuevo modelo energético sostenible".