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La CNMC pide suprimir el límite de 100 kW en las instalaciones de autoconsumo

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El informe sobre el proyecto de Real Decreto de Autoconsumo que la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) hizo público el viernes contiene luces y sombras que se están analizando a fondo.  El organismo regulador recuerda al Ministerio de Industria la necesidad de establecer una metodología clara de los cargos que pueden aplicarse a los autoproductores. El punto 4.1 se titula, de hecho, “sobre la ausencia de metodología para establecer los cargos”.
La CNMC pide suprimir el límite de 100 kW en las instalaciones de autoconsumo

“Dado que el sistema no va a compensar en modo alguno la energía que, en su caso, se vierta, suprimir en la modalidad de suministro con autoconsumo el límite de 100 kW, también para la instalación de producción, con tal de que no se supere la potencia contratada por el consumidor asociado”. Este párrafo del punto 4.3.2 es una de las luces que los expertos han encontrado en el informe de la CNMC, ya que, desde distintos frentes, se había criticado que la norma discrimina entre tecnologías de producción, dándole ventaja a la cogeneración, la única que podría poner en marcha instalaciones sin límite de potencia.

“No tenía ningún sentido limitar a 100 kW la potencia de suministro con autoconsumo”, explica Daniel Pérez, abogado experto en renovables del despacho de Holtrop. Que también ha tomado nota del “contundente toque de atención de la CNMC al Gobierno por la tasa doble a las baterías”.

El informe reconoce que dificultar el uso de sistemas de acumulación “iría en contra de una mejor eficiencia energética en el conjunto de la operación del sistema y de la evolución en los sistemas de generación distribuida que tienden en la actualidad a la integración con sistemas de almacenamiento también distribuido, especialmente en la forma de baterías de precio cada vez más competitivo y que alcanzan progresivamente mejores rendimientos”.

Entre las sombras, la CNMC comparte con el Gobierno que “los consumidores acogidos a cualquier modalidad de autoconsumo deben contribuir a la financiación de los costes del sistema” mediante una serie de cargos. Lo que antes se denominaba peaje de respaldo. Y quiere, “en especial”, que una parte de dichos cargos sea “proporcional” a la energía eléctrica consumida, “ya sea recibida de la red de transporte o distribución, o bien autoproducida instantáneamente. “Tras el informe de Competencia lamentablemente subyace la idea de que los ingresos de las eléctricas no deben bajar”, apunta Jorge Morales de Labra en este sentido.

La CNMC considera fundamental contar con una norma predecible que regule este tipo de actividad y por ello recuerda al Ministerio de Industria la necesidad de establecer una metodología de cargos al autoconsumo “clara” y que sea “coherente” con la de los peajes de acceso, la parte del recibo de la luz que retribuye costes regulados del sistema como el transporte o la distribución.

Y, hasta que dicha metodología se apruebe, propone que se establezca el denominado "cargo transitorio por energía autoconsumida", que incluiría costes del sistema, pagos por capacidad, servicios de ajuste y un cargo fijo en función de la potencia contratada. La CNMC propone que las polémicas tasas se asocien solo a términos fijos, lo que permitiría recuperar los costes del sistema sin necesidad de recurrir luego a conceptos variables aplicables a la energía autoconsumida.

De ser tomadas en cuentas sus recomendaciones, la CNMC considera que “se fomentaría tanto la generación como el almacenamiento distribuido, así como un autoconsumo realizado preferentemente a partir de energías renovables y de carácter gestionable”, y la regulación resultante sería “mucho más sencilla de implementar para los consumidores, y de supervisar” para los operadores de las redes y las Administraciones competentes.

Puedes descargar el informe completo pinchando aquí.

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