En el momento de conocerse la sentencia, el 21 de enero de 2015, algunos juristas ya la cuestionaron, al reconocer el carácter invasor y peligroso del tabaco moro en las islas Canarias, pero no en el resto de España, negándose así el efecto preventivo de su catalogación como invasora. Desde la AEET recuerdan que la descatalogación se lleva a cabo “a pesar de que existen numerosos trabajos científicos que evidencian que Nicotiana glauca (nombre científico) es una especie invasora que ocasiona impactos negativos en la biodiversidad y en los servicios ecosistémicos”.
Denuncian que la decisión judicial se ha tomado sin tener en cuenta la posición del comité científico, órgano consultor creado al amparo de los reales decretos que regulan la protección de animales y plantas y la invasión de especies en España. “Una sentencia judicial la ha eliminado (a Nicotiana glauca) del catálogo de especies invasoras por requerimiento de un particular, sin asesoramiento científico y puenteando al Magrama”, recalcan desde la AEET. Fernando Valladares, presidente de la AEET y científico del CSIC, denuncia que "cualquiera puede acudir a un juez diciendo que la inclusión de una especie como invasora no está justificada y este, sin el conocimiento necesario sobre este tema ambiental para decidir una cosa así, falla en contra de la ley".
Sin informe justificativo basado en un análisis de riesgo fundamentado
La sentencia del TS declara nula la inclusión en el catálogo de especies invasoras “por no ser ajustada a Derecho” y la motiva en la inexistencia de estudios y datos científicos y técnicos que justifiquen dicha inclusión, salvo en el caso de las islas Canarias. El recurso fue presentado por Cultivos Energéticos de Marruecos y Azahar Energy, dos empresas interesadas en el desarrollo de biocombustibles a partir del tabaco moro, aunque solo la primera llegó hasta el final.
“El juez ha tirado por lo fácil ante un requerimiento particular”, añade Valladares. “Se ha leído la ley –prosigue–, no encuentra justificación de por qué están esas especies catalogadas, y en vez de solicitar que se prepare un informe justificativo basado en un análisis de riesgo fundamentado, sentencia a favor de sacarla".
“Silencio” del Magrama
La AEET también denuncia el “silencio” del Magrama desde que se produjo la sentecia. Monsterrat Vila, científica de la Estación Biológica de Doñana y socia de la AEET, señala que “estamos perplejos, no nos explicamos por qué desde el Magrama no se actúa con rotundidad”. Vila afirma que “la incapacidad para evitar este terrible precedente sólo nos hace pensar en su escaso interés sobre este tema ambiental, y pone en riesgo a la propia ley y que la lista de especies se convierta en un coladero ante cualquier interés particular".
Por último, la AEET recuerda que Nicotiana glauca está considerada invasora, entre otras razones, por su alta capacidad de transpiración, que hace que compita por el agua con las plantas nativas de las zonas áridas donde se expande. “Es una planta tóxica; su consumo es peligroso tanto para el ganado y la fauna como para los humanos; en España es especialmente problemática en Canarias, donde ha invadido todas las islas; y en Baleares, donde es también localmente abundante, sobre todo en Mallorca y en Ibiza”, concluyen desde la AEET.